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Por mayoría se suspendió el jury a Costilla hasta que falle la Sala de Doble Conforme

El Tribunal de Enjuiciamiento le dio la derecha al fiscal de Instrucción nº5, Hugo Costilla, y suspendió el proceso en su contra hasta tanto se conozca el fallo de la Sala de Doble Conforme respecto del destino que tendrá el acuerdo de partes entre víctimas y victimarios del violento asalto de Parque América. Lo hizo gracias a una mayoría que se logró con los votos del diputado de la UCR Carlos Marsilli, los abogados del foro local Federico Pague y Cecilia Pague, y la ausencia del senador de UP Augusto Ojeda. La ministra de la Corte, Fabiana Gómez, y el diputado oficialista Damián Brizuela votaron por rechazar el planteo del fiscal, aunque sin éxito.

Con una escueta fundamentación, Marsilli, Pague y Martín tomaron los argumentos del fiscal Costilla y su defensa, que había solicitado la suspensión del jury hasta que hubiera una resolución de la Sala de Doble Conforme de la Corte, donde se tramita un recurso en contra de la nulidad del acuerdo de Parque América, que fuera resuelta por la Sala Penal de la propia Corte de Justicia.

«En atención a los fundamentos esgrimidos por el denunciado y con el irrestricto fin de cumplir con las garantías constitucionales de defensa en juicio y debido proceso legal, estimamos procedente hacer lugar a la suspensión por él solicitada», esgrimieron los tres miembros del Tribunal.

Por su parte, la ministra Gómez y el diputado Brizuela votaron en disidencia. Sin embargo, la sorpresiva ausencia del senador Augusto Ojeda fue fundamental para la suspensión del proceso, ya que en un eventual empate, hubiera definido el voto la representante de la Corte.

En sintonía con lo que había planteado el fiscal Augusto Barros en la acusación, la ministra Gómez remarcó: «Lo que se encuentra a revisión actualmente en dichos expedientes es una sentencia judicial -que declara la nulidad de la sentencia dictada por el juez de garantías-, magistrado que no forma parte del presente proceso de enjuiciamiento». Es decir: para la representante de la Corte, el proceso debía continuar independientemente de lo que fuera a resolver la Sala de Doble Conforme.

«Si bien en el presente proceso de enjuiciamiento se hace referencia al proceder del fiscal Costilla en su desempeño relacionado con la causa donde se dictó la sentencia, lo trascendente es que ambos procesos tienen objetos disímiles, aun cuando existan algunas coincidencias en el análisis o pruebas de las circunstancias acontecidas», remarcó Gómez.

En tal sentido, consideró que por el avance del proceso de enjuiciamiento, el pedido de suspensión no podía prosperar «sin vulnerar el principio de congruencia y la acusación formulada, respetando la bilateralidad del mismo, a la espera del dictado de pronunciamientos sobre recursos que versan sobre un acto jurisdiccional propiamente dicho, lo que no afecta su derecho de defensa». Además, remarcó que, formulada la acusación, Costilla todavía tenía plazos para presentar una defensa y ofrecer pruebas, con lo que estaban cubiertas sus garantías.

Brizuela coincidió con los argumentos de Gómez y también remarcó que la acusación presentada por el fiscal Barros «se refiere a hechos diferentes a aquellos planteados en la sentencia que ha sido cuestionada y tramitada ante la Sala de Doble Conforme». «Los hechos planteados ante este jury por el fiscal Barros responden a incumplimientos funcionales del acusado Costilla que no fueron objeto de revisión por parte de la Sala Penal y, por ende, no tienen relación con la decisión que tomen los órganos jurisdiccionales en ejercicio de su función de revisión. No debemos perder de vista que el objeto del enjuiciamiento en este proceso es determinar si el acusado mantiene las condiciones de idoneidad por las que fue designado y ello en relación con la específica función que cumple como fiscal de primera instancia», expresó el diputado.

Costilla todavía debe esperar novedades por las otras dos denuncias por mal desempeño que habilitó el Tribunal la semana pasada por su desempeño en la causa Wika y el Caso Rojas.

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