martes 13 de mayo de 2025
Catamarca, ARGENTINA
martes 13 de mayo 2025
17°
Humedad: 75%
Presión: 1012hPA
Viento: SW 0.89km/h
Miércoles.
Jueves.
Viernes.
- El Ancasti >
- Edición Impresa >
- Política y Economía >
Críticas al Gobierno en las redes
El diputado nacional Francisco Monti (UCR) aseguró que todos los Decretos Acuerdo firmados por el gobernador Raúl Jalil en esta oportunidad “son nulos”.
“Los que refieren a la disolución del ENRE, la modificación de la ley 5.377 de Defensoría del Pueblo, la modificación de la ley 4.621 del Tribunal de Cuentas y la modificación de estructura de Caja de Crédito fueron publicados en el Boletín Oficial el 9 de mayo, fuera del término previsto por el artículo nº184 de la Constitución Provincial que con claridad dice que ‘los decretos dictados por el gobernador en el receso legislativo conservarán su vigencia salvo que fueran derogados total o parcialmente por la Legislatura en el primer periodo ordinario subsiguiente’. La falta de publicación de un decreto lo hace nulo. La publicación debió haberse hecho antes del 1 de mayo y eso no ocurrió”, reparó.
En este sentido, aseguró que “todos los que convaliden este atropello serán cómplices de desguace de las instituciones de nuestra provincia”. “Esperamos que la Justicia de Catamarca no sea cómplice una vez más”, anheló.
La diputada provincial Silvana Carrizo, presidenta del bloque UCR, coincidió con Monti y agregó que “el artículo nº5 del Código Civil y Comercial de la Nación establece con claridad que las leyes, sin distinción alguna sobre su naturaleza, rigen a partir del octavo día de su publicación oficial, salvo que se indique expresamente una fecha distinta”. “En este caso, el Decreto cuestionado no fija una fecha de entrada en vigencia. Por lo tanto, conforme al principio general antes citado, comienza a regir a los ocho días de su publicación. Esa publicación se efectuó el 9 de mayo de 2025, cuando la Legislatura de Catamarca ya se encontraba sesionando regularmente. Esta sola circunstancia es suficiente para demostrar que el Poder Ejecutivo dictó el Decreto fuera del receso legislativo, violando de manera flagrante el artículo nº184 de la Constitución Provincial, que solo habilita al Ejecutivo a emitir este tipo de actos durante dicho receso”, argumentó.
“En otras palabras, el Decreto es nulo de nulidad absoluta”, dijo.