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Pensiones dadas de baja: la Justicia Federal de Catamarca ordena devolver todos los haberes

El 12 de septiembre de 2025, el Juzgado Federal de Catamarca dictó una medida cautelar urgente para restituir las pensiones suspendidas en la provincia. En ese momento, el tribunal constató que los beneficiarios recibieron la noticia de la suspensión de sus haberes sin aviso formal ni fundamentos claros.

Además, las auditorías de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) presentaron irregularidades, como notificaciones defectuosas, plazos insuficientes y exigencias incompatibles con la situación de los titulares. Por estas razones, pocos días después, el tribunal extendió la cautelar a todo el país debido al carácter masivo y homogéneo del conflicto.

Sentencia definitiva

En noviembre de 2025, la Justicia Federal resolvió el fondo del asunto y dictó sentencia definitiva. En particular, el juez calificó las suspensiones como “vías de hecho”, es decir, decisiones ejecutadas sin acto administrativo previo y sin garantizar el debido proceso.

Asimismo, el fallo indicó que la medida afectó derechos protegidos por la Constitución y tratados internacionales, incluyendo:

  • Derecho a la defensa
  • Derecho a la salud
  • Derecho de propiedad
  • Derecho a una subsistencia digna

Por lo tanto, la sentencia ordena al Estado Nacional:

  • Restituir todas las pensiones suspendidas o retenidas
  • Devolver los haberes adeudados
  • Cumplir la medida en un plazo máximo de 24 horas

Representación en el amparo

El amparo, caratulado “Defensor del Pueblo y otros c/ Estado Nacional – ANDIS”, fue presentado por la Defensoría del Pueblo de Catamarca, que actuó en representación de personas con discapacidad y asociaciones civiles afectadas. De hecho, el tribunal reconoció la legitimación de la Defensoría para intervenir en el caso y garantizar el acceso a la Justicia de los beneficiarios.

Alcance nacional

Con esta resolución, la Justicia Federal:

  • Declara ilegales y arbitrarias las bajas masivas de pensiones
  • Restablece el derecho de más de 119.000 personas a percibir un beneficio alimentario esencial
  • Reafirma la importancia del control judicial sobre actos administrativos irregulares

En consecuencia, la sentencia establece un precedente federal en la protección de los derechos de las personas con discapacidad y garantiza la restitución de la protección social a las familias afectadas.

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