domingo, 23 de noviembre de 2025 12:55
Un fallo considerado histórico en materia de derechos educativos y discapacidad marcó un precedente clave para la inclusión de niños con Trastorno del Espectro Autista (TEA). La Justicia de La Plata hizo lugar a un amparo presentado por el arquero de Independiente, Rodrigo Rey, y su pareja, María Laura Cáceres, tras la decisión de una institución educativa de rechazar la matrícula de sus hijos para el ciclo lectivo 2025.
La resolución, ordenó “hacer lugar al amparo” y condenar a la Fundación José Manuel Estrada a garantizar la continuidad escolar de ambos niños hasta finalizar sus respectivos ciclos educativos, asegurando además una educación “plena, integradora e inclusiva” para Benicio, diagnosticado con TEA.
El fallo también instó a los padres y al personal directivo de la institución a fortalecer el vínculo de manera respetuosa y a evitar cualquier trato hostil, con el objetivo de garantizar un proceso educativo “armonioso, digno y potenciador de las capacidades” de los niños, respetando el Interés Superior del Niño.
Discriminación indirecta
El Juzgado de Garantías del Joven N°3 de La Plata calificó el caso como discriminación indirecta, al considerar que la exclusión de los dos hermanos generó un impacto desproporcionado por motivos de discapacidad. Asimismo, el colegio no logró demostrar que su decisión tuviera una finalidad legítima.
La sentencia ordenó a la Fundación José Manuel Estrada disponer los ajustes razonables necesarios para la inclusión de Benicio, así como implementar capacitaciones obligatorias en discapacidad y derechos humanos para todo su personal, como medida de no repetición.
El origen del conflicto
El conflicto comenzó cuando Rey y Cáceres fueron informados de que el colegio José Manuel Estrada de City Bell no renovaría la matrícula de sus hijos para 2025. La situación afectó especialmente a Benicio, diagnosticado con TEA, por lo que la familia interpretó la decisión como un acto de discriminación y una vulneración del derecho a la educación inclusiva.
Tras meses de reclamos, la pareja presentó un amparo ante la Justicia, que finalmente les dio la razón y ordenó a la institución asegurar la permanencia de los niños de 8 y 15 años al momento del conflicto hasta concluir sus estudios: nivel secundario en el caso de la niña y nivel primario y secundario en el del menor.
Este fallo representa un avance significativo para familias de todo el país que tienen hijos con TEA, especialmente en jurisdicciones donde aún no se garantiza la contención y los apoyos necesarios dentro del sistema educativo.
