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Falsa tragedia

Si bien la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha ratificado en varias sentencias el derecho de los reos a ser juzgados en plazos razonables, las características del proceso que terminó con la prescripción de la causa por la Tragedia de la Alcaidía podrían inducir un criterio diferente y abrir paso a la revisión del fallo dictado por la Sala Penal de la Corte provincial, que sobreseyó a los policías acusados por la muerte de cuatro adolescentes.

La fiscal correccional Cynthia Romero presentó un recurso extraordinario para llevar la Tragedia de la Alcaidía a la Suprema Corte La fiscal correccional Cynthia Romero presentó un recurso extraordinario para llevar la Tragedia de la Alcaidía a la Suprema Corte

Los chicos murieron incinerados en 2011, la causa se elevó a juicio en 2015 y desde 2018 estuvieron dadas las condiciones para celebrar el debate oral y público, pero esta instancia fue suspendida nada menos que en siete oportunidades: cuatro a pedido de fiscal, una de oficio, otra por un planteo conjunto de la defensa y la querella y la última, en marzo de 2023, por un recurso de la defensa.

La propia Sala Penal de la Corte señaló y recriminó que la prolongada mora fue por culpa de los operadores del sistema judicial, al punto que giró el expediente a la Secretaría de Sumarios para que se deslinden responsabilidades.

Además, consigna que las dos juezas de Menores y el ministro de Gobierno de la época, encartados por incumplimiento de los deberes de funcionario público, resultaron sobreseídos en procesos que se desarrollaron por cuerda aparte. Es decir: no se vio afectado su derecho a ser juzgados en un plazo razonable.

A estas responsabilidades del brazo judicial del Estado se le suman las del brazo ejecutivo, asentadas por la jueza civil Silvina Millán en una sentencia de 2021 en la que condenó al Estado provincial a indemnizar a la familia de una de las víctimas.

Millán resaltó que el Estado asume la obligación de velar por la integridad física de las personas a las que priva de la libertad. Que uno de los adolescentes tuviera en su poder un encendedor que le permitió iniciar el fatídico incendio, advirtió, indica por lo menos negligencia en el cumplimiento de tal cometido.

Lo más significativo de los argumentos de la magistrada, sin embargo, no pasa por la posesión del encendedor, sino por las deplorables condiciones de la Alcaidía en la que los adolescentes permanecían detenidos desde hacía días, en abierta transgresión a las leyes.

Aparte del ruinoso estado edilicio de las instalaciones, Millán consignó que “el sistema de agua antiincendios no funcionaba, la manguera con la que se intentó sofocarlo tenía poca presión de agua y no había suficientes extinguidores, ni en condiciones para su uso”.

“Consecuentemente, de los antecedentes reseñados y los elementos probatorios surgen evidencias suficientes para comprometer la responsabilidad del Estado”, concluyó.

Definir lo ocurrido en la Alcaidía como una “tragedia” es una comodidad semántica. En la acepción clásica, algo es trágico cuando sucede de modo indefectible, independientemente de lo que pretendan o hagan los sujetos, incluso a pesar de lo que hagan para evitar su prefijado destino.

En el caso de la Alcaidía, los policías no requisaron el encendedor, los colchones no eran ignífugos, el sistema contra incendios no funcionaba, la presión de agua era insuficiente y los matafuegos, encima de pocos, no estaban en condiciones.

Vale decir que no era indefectible que los chicos murieran y por lo tanto no fueron víctimas de una inevitable tragedia, salvo que se considere a los funcionarios públicos agentes de inescrutables designios de los dioses.

Tampoco la prescripción de la causa es trágica, como bien se encargó de señalarlo la Sala Penal de la Corte.

Si la Corte provincial no admite el recurso extraordinario federal, a la fiscal Romero le quedará la queja ante la Suprema Corte.

Es un trámite largo, el resultado es incierto, pero el sistema judicial catamarqueño fue habilitado para accionar mientras tanto sobre los responsables de la mora a través de la Secretaría de Sumarios.

¿Lo hará o se producirán nuevas y convenientes dilaciones?

Gran pregunta. n

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