Los abogados laboralistas alertan que si el proyecto de reforma laboral se aprueba en el Senado tal como fue redactado en la Cámara de Diputados generará graves implicancias en el ejercicio de la profesión porque podrían ser condenados a pagar las costas de un proceso en forma solidaria y cobrar sus honorarios en cuotas.
El Colegio de Abogados de la Capital Federal, que representa a 89.500 matriculados, envió a mediados de febrero una carta al presidente de la Cámara baja, Martín Menem, y a los titulares de las diecinueve bancadas parlamentarias para plantear estas cuestiones.
Los artículos que principalmente se objetan son el 20 y el 277 de la iniciativa impulsada por el oficialismo y otros bloques para modificar la Ley 20.744 de Contrato de Trabajo pero el reclamo no fue atendido.
Inés Arias, subdirectora del Instituto de Derecho del Trabajo del Colegio y socia del estudio Aguirre Saravia y Gebhardt, explicó que «en el caso del artículo 20 se incorpora un segundo párrafo que dispone que el abogado va a ser solidariamente responsable en caso de pluspetición responsable, que es una figura que normalmente aparece en las leyes procesales».
«Se llama temeridad y malicia, se hace responsable solidariamente cuando hay una acción deliberada del abogado y donde se reclama algo a sabiendas de la sinrazón de ese reclamo. Pero es una figura que exige que haya un componente de culpa, una intención, una negligencia grave», detalló.
Reforma laboral: cómo sería el pago solidario de costas
Para Arias, que también asesora a empresas en riesgos del trabajo, «el problema que trae este texto es que incorpora pluspetición objetiva, es decir que cambia las condiciones de ejercicio profesional de los laboralistas» porque los expone a que «si se plantea una liquidación que después no es aceptada, uno estaría expuesto a una sanción de este tipo que nos obliga a pagar solidariamente las costas».
Aclaró que esto ya existe cuando un letrado «infla» una demanda sabiendo que no tiene razón, pero con la reforma -por ejemplo- si un letrado estima un crédito laboral en 5 millones y el juez fija un millón, sería responsable por el pago de costas de los 4 millones rechazados.
En los juicios laborales, donde rige la gratuidad para los empleados, si un trabajador pierde un juicio, generalmente no se le puede cobrar. Si bien se le puedan imponer las costas, no se le puede ejecutar su vivienda. Esto implica que un empleador que gana el juicio posiblemente deba pagar a su abogado (en caso de que así lo haya pactado), además de los gastos que haya realizado durante la tramitación del expediente.
En caso de sancionarse al abogado del trabajador por pluspetición inexcusable, éste último deberá abonar las costas del proceso (por ser solidariamente responsable con su representado) y luego tendrá contra el trabajador un crédito proporcional correspondiente a dividir el total de las costas abonadas entre la cantidad de responsables solidarios de su pago (este crédito no podrá tampoco ejecutarse sobre la vivienda de su cliente).
El otro artículo que los laboralistas objetan es el 277, que habilita el pago de sentencias en 6 cuotas para las grandes empresas y en 12 para las pymes.
«Esto genera una discriminación injustificada a la tarea de los abogados laboralistas porque otras ramas del derecho no tienen este riesgo patrimonial directo del ejercicio de la profesión», sostuvo Arias en referencia a colegas que hacen planteos civiles o comerciales.
Por su parte, Leonardo Elgorriaga, de la Asociación de Abogados Laboralistas, consideró que la modificación de estos artículos «es persecutoria porque no sucede lo mismo con los letrados que asesoran a las empresas».
«Si se llega a considerar que hay algo exagerado nos pueden hacer responsables a nosotros pero no a la inversa en caso de que la postura de la empresa sea manifiestamente improcedente. Es decir, no se condena al letrado de la empresa y solo afecta al reclamante«, explicó.
El pago en cuotas afecta el derecho de propiedad
Acerca del pago en cuotas, recordó que «muchos colegas hacen pacto de cuota litis, es decir (que se cobra) un porcentaje de lo que se obtenga en la sentencia» y estos cambios afectan a los letrados y al trabajador «sin justificación alguna porque comprende no sólo a las pymes sino a las grandes empresas«.
Tras remarcar que hay inquietud en la asociación porque este tipo de pago «afecta el derecho de propiedad», también puso el foco en otro punto de la llamada «modernización laboral» porque es algo totalmente novedoso.
«La reforma también dice que los jueces laborales están obligados a seguir los fallos de la Corte y eso no es así en otros fueros», enfatizó Elgorriaga, que recordó que si bien por un tema de economía procesal los jueces adhieren a la postura del máximo tribunal, pueden dictar resoluciones diferentes aclarando que no las comparten.
Para el letrado, de mantenerse esa modificación, «se afecta la independencia de los jueces» porque la propia Corte tiene fallos que dicen que los magistrados se pueden apartar de su jurisprudencia si agregan nuevos argumentos.
«Va a haber cataratas de pedidos de inconstitucionalidad sobre toda la reforma y estos puntos en particular», adelantó.
«No somos una mafia, somos abogados de a pie»
A su turno, Enrique Papalardo, vicedirector del Instituto del Derecho del Trabajo del Colegio de Abogados San Martín, sostuvo que «son muy pocos los casos en los que se ‘infla’ una liquidación», pero a pesar de eso se elaboró un artículo que perjudica a todos los laboralistas.
«Es la única área del derecho a la que nos están imponiendo algo como esto. Si como abogado presentás una liquidación y el juez considera que es otra porque, por ejemplo, no están las pruebas dadas, nos quieren hacer responsables de eso. Nos están obligando al pago por esas diferencias», señaló.
También se manifestó en contra de cuotificar los honorarios profesionales porque son de carácter alimentario. «Es nuestro salario, nos perjudica gravemente a los abogados de a pie. Esto no es una mafia como lo quieren mostrar a la comunidad», remarcó.
Para Papalardo, «no existe la industria del juicio, sino que las reglas del juego están dadas para que pase esto: hay muchos trabajadores que no se encuentran registrados y por eso se inician demandas».
«Para las pymes, representa un 40% del gasto, por eso recurren a no registrar al empleado. Entonces, lo que hay que hacer es bajar los costos y no cuotificar los honorarios a todos los auxiliares de la Justicia», afirmó.
Papalardo también adelantó que los colegios de abogados seguramente van a plantear la inconstitucionalidad de esta reforma y habrá que esperar a qué decide la Corte Suprema de la Nación y la de la provincia de Buenos Aires.
Mientras tanto, lamentó que en el fuero laboral con sede en la Capital Federal prácticamente no se estén sorteando causas porque están a la espera de lo sucede con el traspaso a la órbita de la Ciudad de Buenos Aires.
«Está muy lastimada la Justicia del Trabajo, hay muchas vacantes en los juzgados, faltan empleados y por eso las demoras en los juicios de 4, 5 o 6 años cuando se podrían resolver en uno», evaluó.
