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Plan de pagos condonados: alivio financiero para centros y profesionales de la discapacidad

En el marco de la Ley 27.793, que estableció la emergencia en discapacidad a nivel nacional hasta fines de 2026, se implementó un régimen especial para regularizar deudas impositivas, aduaneras y de seguridad social vencidas al 31 de diciembre de 2025.

Asimismo, incluye la condonación de intereses, multas y otras sanciones, así como la posibilidad de refinanciar planes de pago vigentes o caducos, entre otras medidas destinadas a asegurar la continuidad de los servicios de atención para personas con discapacidad.

Por otro lado, el Decreto 84/26 reglamentó dicha ley y autorizó a la ARCA a definir el alcance de este régimen y de los beneficios de condonación, lo cual se materializó mediante la Resolución General 5828.

Al igual que en otros esquemas de facilidades de pago, se especifican las deudas que pueden incluirse, los sujetos admitidos y excluidos, los requisitos que deben cumplir los deudores, el procedimiento de adhesión y cancelación, así como las causales de caducidad y sus efectos.

Entró en vigencia el 24 de febrero pasado, el servicio Mis Facilidades para realizar la adhesión estará disponible a partir del 17 de marzo, mientras que la refinanciación de planes anteriores podrá gestionarse desde el 26 de marzo.

Bono previsional y ayuda escolar

Se anunciaron dos medidas adicionales: una de carácter recurrente para jubilados y pensionados, y otra, un beneficio anual que aún debe ser implementado por el Ministerio de Capital Humano.

  • Bono extraordinario previsional

Siguiendo lo dispuesto en meses anteriores, el Poder Ejecutivo Nacional otorga un refuerzo al haber previsional para un sector específico de jubilados y pensionados, manteniendo el monto del bono en $70.000, que se abonará junto con las prestaciones de marzo de 2026.

Aquellos que perciban un haber igual o inferior al mínimo garantizado recibirán el bono completo, mientras que quienes cobren un importe superior obtendrán una ayuda equivalente a la diferencia necesaria para alcanzar el tope resultante de la suma del haber mínimo más el valor máximo del bono.

  • Ayuda escolar anual

Mediante el Decreto 115/26 se estableció un refuerzo adicional, de carácter extraordinario y por única vez, que se pagará de manera conjunta con la Asignación por Ayuda Escolar Anual para los niveles inicial, básico y polimodal durante el mes de marzo de 2026.

Este beneficio consiste en un monto que completa la diferencia hasta llegar a $85.000, tomando como base el valor de la asignación determinada por ANSES, fijado en $55.672 por la Resolución 55/26.

En consecuencia, todos los beneficiarios que accedan a esta asignación recibirán $85.000 por cada hijo en edad escolar.

El Ministerio de Capital Humano, a través de la Subsecretaría de Seguridad Social, y la ANSES, en el ámbito de sus respectivas competencias, deberán emitir las normas operativas y complementarias necesarias para la aplicación efectiva de este beneficio.

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